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Web oficial ZBE ayto. (Info, comprobar coche y calles)
Preguntas frecuentes
Delimitación
La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) comprende el área dentro del perímetro formado por Plaza de Zorrilla, Paseo de Isabel la Católica, Plaza de San Pablo, Calle Cardenal Mendoza, Plaza de España y otras calles principales.
Ver todas las calles
Plaza de Zorrilla – calle María de Molina (entre plaza de Zorrilla y calle Doctrinos) – calle Doctrinos (entre calle María de Molina y paseo de Isabel la Católica) – paseo de Isabel la Católica (entre calle Doctrinos y calle San Quirce) – calle San Quirce – calle Esteban García Chico (entre calle San Quirce y plaza de San Pablo) – plaza de San Pablo (entre calle Esteban García Chico y calle Cardenal Torquemada) – calle Cardenal Torquemada (entre plaza de San Pablo y calle Rondilla de Santa Teresa) - calle Rondilla de Santa Teresa (entre calle Cardenal Torquemada y calle Gondomar) – calle Gondomar – calle Chancillería (entre calle Gondomar y calle Ramón y Cajal) – calle Ramón y Cajal (entre calle Chancillería y calle Colón) – calle Colón – calle Cardenal Mendoza – plaza del Colegio de Santa Cruz (entre calle Cardenal Mendoza y calle Merced) - calle Merced (entre plaza del Colegio de Santa Cruz y calle Pedro Barruecos) - calle Pedro Barruecos – calle Alonso Pesquera (entre calle Pedro Barruecos y plaza de la Cruz Verde) - plaza de la Cruz Verde (entre las calles José María Lacort y Mantería) – calle Labradores (entre plaza de la Cruz Verde y calle Acibelas) - calle Acibelas (entre calle Labradores y calle Cadena) - calle Cadena (entre calle Acibelas y calle Párroco Domicio Cuadrado) - calle Párroco Domicio Cuadrado (entre calle Cadena y calle Vega) – calle Vega – calle Panaderos (entre calle Vega y plaza de España) – plaza de España – calle Miguel Íscar y plaza de Zorrilla.
¿Quién puede circular dentro de la ZBE?
Bicicletas, VMU y vehículos con distintivo 0 o ECO.
Vehículos de movilidad reducida y transporte de personas con discapacidad.
Vehículos de uso compartido y multiusuario.
Servicios públicos esenciales (emergencias, seguridad, mantenimiento urbano, etc.).
Vehículos autorizados temporalmente por circunstancias excepcionales (obras, desvíos, etc.).
¿Se puede circular por las calles del perímetro de la ZBE?
Sí, la circulación es libre en las calles que conforman el perímetro de la ZBE.
Exenciones y accesos permitidos
Se permite el acceso con restricciones a:
Residentes empadronados con vehículos a su nombre (propiedad, renting, leasing, etc.).
Taxis y transporte público, incluidos autobuses turísticos con autorización municipal.
Vehículos de carga y descarga, conforme a la ordenanza municipal.
Vehículos de servicios esenciales, como emergencias, mantenimiento, mudanzas y grúas de asistencia.
Propietarios o arrendatarios de plazas de garaje dentro de la ZBE.
Personas con bajos ingresos (hasta 2,1 veces el IPREM, con un solo vehículo autorizado por unidad familiar).
Familias numerosas de categoría especial.
Para todas estas exenciones, es necesaria una autorización previa conforme a la normativa de la ZBE.
Accesos temporales permitidos
Independientemente del distintivo ambiental, se permite el acceso temporal a:
Talleres mecánicos dentro de la ZBE (incluyendo pruebas de reparación).
Aparcamientos privados y públicos dentro de la ZBE, incluyendo los de hoteles y hospitales.
Citas médicas, clínicas veterinarias, centros de donación de sangre.
Actos en la vía pública autorizados por el Ayuntamiento.
Acompañamiento de menores de 16 años a centros educativos dentro de la ZBE.
Estos accesos deben justificarse y validarse según las directrices municipales.
Estacionamiento en la ZBE
Permitido en aparcamientos fuera de calzada abiertos al público.
Permitido en aparcamientos privados de hoteles y hospitales, con control de matrículas.
Solo pueden aparcar en superficie los vehículos autorizados según la normativa ORA.
Distribución Urbana de Mercancías (DUM)
El acceso para carga y descarga está permitido dentro de la ZBE, sujeto a los horarios y regulaciones municipales.
Monitorización y seguimiento
La ZBE será evaluada anualmente y revisada cada 3 años (luego cada 4 años).
Los indicadores de seguimiento serán públicos y estarán recogidos en el Anexo I.
Infracciones y sanciones
Circular sin autorización en la ZBE es una falta grave, conforme al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015.
Calendario de restricciones
30 de junio de 2025: Restricción para vehículos sin etiqueta.
31 de diciembre de 2027: Restricción para vehículos con etiqueta B.
1 de enero de 2030: Restricción para vehículos con etiqueta C.
Las exenciones para ciertos vehículos (servicios esenciales, taxis, carga y descarga, etc.) caducarán el 1 de enero de 2030.